Cuando se aproxima el inicio de una nueva temporada taurina en España, desde la Sociedad Española de Cirugía Taurina (SECT) dirigen, tanto a todas las asociaciones de profesionales taurinos (matadores, novilleros, rejoneadores, picadores, banderilleros, mozos de espada) como a las agrupaciones de empresarios y organizadores de espectáculos taurinos, la futura reglamentación sanitaria para los festejos taurinos.
La Junta Directiva de la SECT ha concluido la redacción de una futura reglamentación sanitaria única para los festejos taurinos y de aplicación en todo el territorio nacional. Dicho proyecto será presentado en breve a la correspondiente Dirección General del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para su análisis y aprobación, si procede.
Mientras no se legitime dicho proyecto es necesario mencionar que siguen vigentes los requisitos estipulados en el Real Decreto 1649/1997 que regulan las instalaciones sanitarias y los servicios médico-quirúrgicos en los espectáculos taurinos. Simplificando su contenido queremos insistir que todos los festejos taurinos a celebrar en cualquier plaza de toros, fijas y portátiles, deben disponer tres elementos: una Enfermería o un Quirófano Móvil, un Equipo Médico con un personal definido y al menos un Vehículo de Transporte Sanitario tipo UVI móvil.
Estos son los requisitos médicos y las condiciones sanitarias que todo profesional taurino debe exigir en cualquier plaza de toros en la que vaya a actuar. Y estamos en la obligación de recordar que en todos los casos es responsabilidad de la empresa organizadora la adecuada disposición de los citados elementos. Si falta alguno de estos tres elementos se estará cometiendo una infracción considerada muy grave, cuya responsabilidad legal recaería no solo en el propio médico que informa previamente de su idoneidad como Jefe del Servicio, sino también en la empresa organizadora e incluso en el delegado gubernativo, aunque los más perjudicados serían los propios toreros.
Por otra parte la SECT reitera su ofrecimiento a los profesionales del toreo, a las empresas taurinas y a las corporaciones públicas que organicen espectáculos, para informar, asesorar e incluso acreditar los servicios médico-quirúrgicos que se concierten en las diferentes plazas de toros (para lo cual se adjuntan los respectivos contactos de los miembros de la Junta Directiva).
Para finalizar la SECT juzga razonadamente que en los últimos 18 meses se han conseguido, en parte, algunos de los objetivos que nos habíamos propuesto (poner cerco al intrusismo en el personal sanitario de los equipos médicos, redactar un proyecto de reglamento sanitario único, sensibilizar a los gobiernos autonómicos de la incoherencia de algunos reglamentos para festejos populares…) sin embargo seguimos muy preocupados ante el futuro de la asistencia médica en los espectáculos taurinos y en la formación de médicos y enfermeros taurinos.









